martes, 8 de noviembre de 2016

"El poder comunitario como actor clave para la transformación social"



REPORTAJE

Cuando en Chile las cifras de delicuencia parecen invadir las pantallas locales y la violencia se toma las calles, colegio y comunidades, desde la sociedad surge la interrogante sobre ¿Qué podemos hacer para vivir en paz, y armonía en (y con) nuestro entorno?


http://psicologia.udd.cl/noticias/2016/05/erradicacion-de-la-violencia-el-poder-comunitario-como-actor-clave-para-la-transformacion-social/

lunes, 7 de noviembre de 2016

¿La violencia se toma las calles?: Quienes son los que se esconden tras las capuchas


Vision de los expertos
Para el ex diplomatico y ex ministro Genaro Arriagada (DC), "Cuesta pensa en el sentido de esta barbarie, que son los actos de violencia que hemos presenciado en el último tiempo en el país. Hay agresiones que uno las puede entender, que tienen raíces históricas, profundas, como por ejemplo la de los Mapuches. Pero la actitud de estos personajes (vándalos) es dificil de entender. De repente hay algunos que la tratan de justificar, pero yo la encuentro injustificable" 


http://www.cambio21.cl/cambio21/site/artic/20160604/pags/20160604002524.html

Violencia es violencia



lunes, 31 de octubre de 2016

¿Asesinato en legitima defensa?


Estamos frente a la noticia de un Padre e hijo, acusados de asesinar a la persona que les había realizado un “portonazo”. Como resultados ambos quedaron en prisión preventiva, ya que, la jueza no acogió el argumento del abogado defensor, el cual argumentaba una Legítima Defensa. Además, se explicará porque en este caso la legítima defensa no es aplicable

El día lunes primero de agosto a las 6.30 AM Gustavo Aravena, saca su vehículo para ir trabajar, es en ese momento que Juan Andrés Jorquera roba el automóvil. Gustavo llama a su padre, que estaba dentro de la casa, y tanto Gustavo como por su padre Raúl Aravena salen persiguiendo a Jorquera, el cual iba en el auto sustraído.

La persecución se mantiene durante 1.67 kilómetros, donde el antisocial se baja de vehículo y sigue escapando a pie. Jorquera se esconde en una zanja y es ahí donde, tanto padre como hijo, golpearon con puños, pies y un objeto contundente hasta darle muerte a Jorquera


En primer momento se entendió como legítima defensa. Sin embargo, la jueza de Garantía Magdalena Casanova no acogió el argumento de la legítima defensa y dejó a Gustavo y Raúl Aravena en prisión preventiva con cargos de homicidio simple.

domingo, 30 de octubre de 2016

¿Por qué el caso de Raúl y Gustavo Aravena no fue legitima defensa?


Abogado Juan Pablo Mañalich explicó en su entrevista al periódico digital eldesconcierto que: “Si la persecución es inmediata después del robo y se trata de impedir que se lleve lo robado, el comportamiento sigue representando una agresión ilegitima actual para impedir que la cosa sustraída quede en poder del ladrón. El tema es que al parecer el auto ya había sido recuperado cuando comenzó la golpiza. En ese caso, no puede ser de ninguna manera entendida como una maniobra defensiva. Se trata más bien de una descarga de violencia de una agresión ya pasada, eso no es legítima defensa”3. Es por este motivo que primer enunciado, agresión ilegitima, no es cumplido para que se dictamine una legítima defensa.
De la misma forma se tiene que entender que la Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. ”Esta necesidad hace referencia a la defensa que sea adecuada (racional) para repeler la agresión y defender los bienes jurídicos agredidos; en modo alguno entre los resultados de la acción de defensa y los posibles resultados de la agresión debe existir proporcionalidad, es decir, como precisan las SSTS. 29.2 y 16.11.2000 y 6.4.2001 , no puede confundirse la necesidad racional del medio empleado con la proporcionalidad como adecuación entre la lesión que pueda ser causada con el empleo del objeto u arma utilizada, y la que se quiere evitar, pues la defensa está justificada en base a su necesidad y no por la proporcionalidad mencionada.4” algo que en la situación ocurrida nuevamente no se cumple, ya que, el uso de objetos contundente al momento de golpear  a Jorquera está más allá de lo que se consideraría el uso de un medio racional para impedir el delito.
Finalmente, la última circunstancia para librar de responsabilidad penal, con el argumento de la legítima defensa es la Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. Para la abogada penalista Cecilia Errázuriz esta circunstancia no se cumple, ya que: “en el caso en cuestión efectivamente existe la falta de provocación, debido a que padre e hijo fueron asaltados anteriormente, según lo que ellos han aseverado5”.

viernes, 28 de octubre de 2016

¿Qué es la legítima defensa?



La legítima defensa es una causal de exención de la responsabilidad penal. Es decir, se considera cuando una persona comete un delito, pero lo hace en una circunstancia en la cual no corresponde aplicarle una condena. Aparece en el artículo 10 número 4 del Código Penal y este establece lo que se llama la legítima defensa propia. Señala que están exentos de responsabilidad criminal “el que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran ciertas circunstancias”. Estas son:
1.    Agresión ilegítima.
2.    Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
3.    Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

miércoles, 26 de octubre de 2016

Violencia en Chile: ¿Síntoma o enfermedad?


"Chile no es un país tan violento, pasa que existe una cierta construcción de lo violento que puede ser el el país que proviene del estado y los medios de comunicación". Emilia Tijoux
"Lo que está ocurriendo en el país esta sucediendo en muchas partes del mundo solo que es menos duro, yo ouedo pasearme por la ciudad, salir en la noche, hacer un montón de cosas y no es grave" Emilia Tijoux
"Hay un segmento importante de la sociedad, y sobre todo de los jovenes, que son los que usualmente practican actos de violencia, que se siente excluida, que se siente que este modelo de desarrollo no les permite realizar sus proyectos de vida, no les permite concretar las promesas de movilidad social, no hay espacio para ello" Maya Zilveti

http://radio.uchile.cl/2012/09/12/violencia-en-chile-%C2%BFsintoma-o-enfermedad/

domingo, 9 de octubre de 2016

¿Chile, país violento?


La violencia es el tipo de interacción entre sujetos que se manifiesta en aquellas conductas o situaciones que, de forma deliberada, aprendida o imitada, provocan o amenazan con hacer daño o sometimiento grave (físico, sexual, verbal o psicológico) a un individuo o a una colectividad; o los afectan de tal manera que limitan sus potencialidades presentes o las futuras. Puede producirse a través de acciones y lenguajes, pero también de silencios e inacciones.

La violencia ha sido un foco de reflexión permanente desde diversas ópticas y ámbitos disciplinarios, tanto con propósitos académicos como de intervención social y política destinadas a los sectores empobrecidos de nuestro país. Ya que la violencia se ha constituido en un objeto de análisis enfocado exclusivamente a esta parte de la población, soslayando la violencia de otros sectores y ámbitos institucionales como el Estado que posee los mecanismos de la fuerza y del poder, legitimados socialmente para ejercerla sobre aquellos. Esta legitimación, no está carente de violencia en sí misma, avalada por un instrumental disciplinador como la educación, los medios de comunicación y la construcción del sentido común.

Antonio Favreau M.

Noviembre 2010.


La violencia no es una práctica singular, sino plural y diversa, que posee muchas e infinitas definiciones. Sus denotaciones y connotaciones son múltiples y su práctica posee diversas intensidades y densidades.


En tal sentido, la violencia es también una construcción social y política. No puede ser definida como una práctica exclusivamente individual y psicológica ya que la aprendemos en nuestros procesos de socialización y endoculturización, los que, a su vez, son producidos por interrelaciones y dinámicas sociales que se instituyen como procesos educacionales e instructivos al interior del cuerpo social.


Los procesos de endoculturización y socialización constituyen los mecanismos rituales desde donde la familia, la escuela, el hospital, la fábrica, junto a la policía y el Estado establecerán el control y la disciplina, dejando su huella en la conciencia social y personal que configuran el universo simbólico construido culturalmente en común por el conjunto de la sociedad y consensuados en procesos rituales colectivos.


En esta perspectiva, el rol de la institucionalidad y del Estado en particular, a quien se le ha otorgado el rol legitimado de la fuerza y del poder de coerción para su ejercicio en función del sostenimiento del orden público, aplicándoselo a los que se configuran como desviados al interior de la propia sociedad, se constituye como autoridad validada por la sociedad.
 Si, el estado es el único legitimado por el pueblo a ejercer el poder de coerción, ¿Quién faculta a la población a realizar éstos actos?


Y si, en la Constitución Política vigente se establece en su Capítulo I, Bases de la Institucionalidad, artículo 1°, inciso 2°, que: "la familia es el núcleo fundamental de la sociedad".  Nos hace pensar, ¿Qué tan corroída, de acuerdo al daño generado por la violencia, se encuentran la sociedad chilena en la actualidad, si la familia es de los más dañado en el último tiempo? ¿A quién corresponde actuar en éste caso? ¿Cómo rompemos este ciclo de violencia?